Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Financiado por la Unión Europea - NextGenerationEU
Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia
Con fecha 26 de junio de 2024 subimos a la Sede electrónica de IDAE nota informativa sobre modificación del Art. 20 de la Orden de Bases de ésta Convocatoria, mediante la publicación en el BOE de la Orden TED/639/2024, de 24 de junio, por la que se modifica la Orden TED/1446/2021, de 22 de diciembre.
Acuerdo de 10 de noviembre de 2023 del Consejo de Administración del IDAE por el que se declara la tramitación de urgencia de convocatorias de concesión de ayudas aprobadas por este órgano y correspondientes a determinados programas de incentivos incluidos en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, Financiado por la Unión Europea – NextGenerationEU, al objeto de reducir el plazo de aceptación de las ayudas previsto por las mismas.
A medida que esta Convocatoria avanza, se producen cambios importantes en algunos de los documentos adjuntos. Por favor, asegúrese de que considera la última de estas versiones en su solicitud, en función de la fecha de publicación, actualización o incorporación de cada uno de ellos, los encontrará al final de esta misma página, en la sección "Documentos Adjuntos".
A efectos del cumplimiento del art. 4.1 de las bases reguladoras de la línea de ayudas objeto de esta comunicación y, en particular, a efectos de cumplir con el art.13.3 bis de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, modificado por el Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, mediante la comunicación disponible en la sección "Documentos Adjuntos" de la sede electrónica del IDAE para esta línea de ayudas (“Comunicacion Cumplimiento art. 13.3 bis LGS”), se informa que se requerirá a los solicitantes afectados, en el momento de la Propuesta de Resolución Provisional, que se aporte la documentación que aplique según se detalla en dicha comunicación.
Fecha de actualización de estos avisos: 26/06/2024.
Con fecha 22 de diciembre de 2023 se publica en la Sede Electrónica del IDAE la “Resolución Definitiva para la concesión de ayudas en relación con la Resolución de 27 de octubre de 2022, del Consejo de Administración del E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P, por la que se establece la cuarta convocatoria del programa de incentivos a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas (Programa CE IMPLEMENTA), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.”
Puede también acceder al PDF de la “Resolución Definitiva” en la sección “Documentos Adjuntos” que encontrará al final de esta misma página.
La solicitud sólo se puede efectuar con la firma electrónica del representante
“En la carga de documentación, si alguno de los documentos no aplicara por tipo de beneficiario, por favor, cargar un documento indicando sencillamente “No aplica”, en pdf para que permita realizar la presentación de la solicitud de ayuda “
Antes de realizar el trámite de solicitud de ayuda es importante consultar la página de Requisitos técnicos para realizar trámites, en la que encontrará:
La aplicación devolverá un comprobante de la fecha y hora de registro, así como el número de expediente asignado, entendiéndose en ese momento formulada y registrada, con carácter definitivo, a todos los efectos, la solicitud.
Antes de entrar en la aplicación, por favor, lea la Guía de usuario para presentación de expedientes y el resto de documentos de Guía que puede encontrar en esta misma página en el apartado de Documentos Adjuntos.
Para cualquier duda o aclaración relacionada con alguna incidencia informática relacionada con la solicitud presentada, deben dirigirse a: soporteinformatico.CEI@idae.es
Para consultas de carácter general o dudas sobre la convocatoria, tanto la ciudadanía, como cualquier empresa u organismo público, puede dirigir sus consultas al Servicio de Información a la Ciudadanía en Eficiencia Energética y Energías Renovables (SICER) a través de los siguientes canales: formulario de contacto https://www.idae.es/contacto, correo electrónico ciudadano@idae.es, Fax (91 523 04 14), WhatsApp (910 789 894), o llamada telefónica (913 146 673).
Para consultas sobre temas relacionados con Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, PRTR, puede dirigir sus consultas al correo electrónico consultas.prtr@idae.es
Recuerde indicar siempre en sus consultas la comunidad autónoma o la provincia de España desde la que nos contacta, por motivos estadísticos y para poder orientar su consulta hacia la información más adecuada.
Horario de atención telefónica: Jornada de invierno: L-J, de 9.00h a 17.30h. Viernes de 9.00h a 15.00h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-V, de 9.00h a 15.00 h.
Horario de atención WhatsApp: Jornada de invierno: L-J, de 9.00h a 17.30h. Viernes de 9.00h a 14:30h. Jornada de verano, del 1 de junio al 30 de septiembre: L-J, de 9.00h a 15.00 h. Viernes de 9.00h a 14:30h.
Para consultas de detalle de las Bases reguladoras del programa, pueden dirigirse a solicitudes.CEI@idae.es
Orden TED/1446/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de incentivos a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas (Programa CE Implementa), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Convocatoria: Resolución del 27 de octubre de 2022, del Consejo de Administración del E.P.E Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía (IDAE), M.P., por la que se establece la cuarta convocatoria del programa de incentivos a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas (Programa CE IMPLEMENTA), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia. Extracto publicado en el BOE núm. 268, de fecha 8 de noviembre de 2022. Publicada en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (BDNS) id: 657335.
Acuerdo de 18 de mayo de 2023 del Consejo de Administración de la E.P.E. Instituto para la Diversificación y Ahorro de la Energía, M.P. (IDAE), por el que se establece declaración expresa de financiación por la Unión Europea-Next GenerationEu de determinadas convocatorias de subvenciones aprobadas por este órgano, en el ámbito del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia.
Orden TED/639/2024, de 24 de junio, por la que se modifica la Orden TED/1446/2021, de 22 de diciembre, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de ayudas del programa de incentivos a proyectos piloto singulares de comunidades energéticas (Programa CE Implementa), en el marco del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia (BOE núm. 154, 26/06/2024)
Los proyectos piloto singulares subvencionables serán los que se lleven a cabo por las comunidades energéticas beneficiarias de las ayudas reguladas por esta convocatoria, que fomenten la participación en el sector energético de actores no participantes en el mismo tradicionalmente, y realicen una o varias de las actuaciones descritas en la siguiente tabla. El Anexo II de la convocatoria desarrolla las actuaciones subvencionables. Todo ello con la finalidad de facilitar el despliegue de este tipo de iniciativas a escala nacional, identificando y eliminando las barreras que impidan su establecimiento.
El programa de realización de las actuaciones objeto del proyecto piloto singular a desarrollar por los beneficiarios que opten a las ayudas deberá de contemplarse en un plan de trabajo que contenga un plan de negocio que se acompañará junto con la solicitud correspondiente, conforme al contenido que se especifica en la convocatoria.
La ayuda a conceder en este programa se limita a una única solicitud por convocatoria y por comunidad energética.
Los proyectos piloto subvencionables deberán comprender al menos una actuación de las especificadas dentro de las cuatro primeras áreas de actuación que se detallan a continuación. Estos proyectos piloto subvencionables podrán comprender varias actuaciones, ya sea de una misma área de actuación o de varias áreas de actuación.
Se establece una inversión mínima por proyecto superior a 1.000.000 €.
Área de actuación | Descripción |
I. Energías renovables eléctricas | Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: biomasa, biogás u otros gases renovables, eólica, hidráulica y solar fotovoltaica |
II. Energías renovables térmicas | Asociadas a una o varias de las siguientes fuentes de energía: aerotermia, biomasa, biogás, biometano u otros gases renovables, geotermia, hidrotermia y solar térmica, así como los sistemas de aprovechamiento de dichas fuentes |
III. Eficiencia energética | Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: mejora de la eficiencia energética de la envolvente térmica |
IV. Movilidad sostenible | Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: implantación de infraestructura de recarga de vehículos eléctricos y adquisición de vehículos eléctricos “enchufables” y de pila de combustible para movilidad compartida |
V. Gestión de la demanda | Asociadas a una o varias de las siguientes aplicaciones: almacenamiento detrás del contador y sistemas de regulación mediante almacenamiento hidráulico u otros sistemas de almacenamiento innovadores que podrán incluir baterías de próxima generación o nuevos aprovechamientos de baterías vehiculares (segunda vida de baterías), agregación de la demanda de energía térmica y sistemas para proporcionar flexibilidad de la demanda |
1. Podrán obtener la consideración de beneficiarios las personas jurídicas previstas en el artículo 6 de las bases reguladoras y las obligaciones recogidas en el artículo 7 de la Orden TED/1446/2021, de 22 de diciembre.
2. Podrán obtener la consideración de beneficiarios cualesquiera personas jurídicas, públicas o privadas, legal y válidamente constituidas, que tengan su domicilio fiscal en España, y que conformen una comunidad energética según lo establecido en el artículo 2.1 de la Orden TED/1446/2021, de 22 de diciembre.
Criterio de valoración | Puntuación máxima | Acreditación |
A. Características del proyecto: 40 puntos | ||
1. Los socios o miembros son exclusivamente personas físicas, pymes o entidades locales | 10 | Presentación de las correspondientes declaraciones responsables que se pondrán a disposición de los interesados en la página web del IDAE en la sección de comunidades energéticas |
2. Socios o miembros situados en las proximidades del proyecto | 10 | |
3. Proyectos multi-componente e innovadores | 20 | Cumple definición Art. 2. Bases reguladoras Descripción en Plan de Trabajo (según indicado en Anexo IV.l.iii) |
B. Viabilidad económica: 25 puntos | ||
1. Reducción sobre la ayuda máxima | 15 | Descripción en Plan de Trabajo (según indicado en Anexo IV.l.iv) |
2. Plan de negocio y cadena de valor | 10 | Descripción en Plan de Trabajo (según indicado en Anexo IV.l.v) |
C. Externalidades: 35 puntos | ||
1. Impacto social y de género | 20 | Descripción en Plan de Trabajo (según indicado en Anexo IV.l.vi) |
2. Dinamización social | 5 | Descripción en Plan de Trabajo (según indicado en Anexo IV.l.vii) |
3. Adecuación prioridades autonómica y/o locales | 10 | Descripción en Plan de Trabajo (según indicado en Anexo IV.l.viii) |
TOTAL | 100 |
|
a) Tendrá prioridad la solicitud con mayor puntuación en el criterio “Reducción sobre la ayuda máxima”.
b) En caso de igualdad en la puntuación del criterio anterior, tendrá prioridad la solicitud con mayor puntuación en el criterio “Impacto social y de género”.
c) En caso de igualdad en la puntuación del criterio anterior, tendrá prioridad la solicitud con mayor puntuación en el criterio “Proyectos multi-componente e innovadores”.
d) En caso de igualdad en la puntuación del criterio anterior, se tendrá en cuenta la fecha, hora y minuto de formalización de la solicitud, dándose prioridad a la solicitud realizada con más proximidad a la fecha de la presente publicación de convocatoria.
Se podrán añadir, en su caso, los nuevos municipios que pudieran cumplir estos requisitos de reto demográfico tras las revisiones y actualizaciones que puedan ser publicadas en ambas fuentes oficiales con posterioridad y mientras permanezca vigente el programa de ayudas.
Puede acceder a más contenidos e información sobre el reto demográfico en la web de la Secretaría General para el Reto Demográfico siguiendo este enlace.
Se podrán añadir, en su caso, los nuevos municipios incluidos en los Convenios de Transición Justa tras las revisiones y actualizaciones que puedan ser publicadas por dicha fuente oficial con posterioridad y mientras permanezca vigente el programa de ayudas.
Puede acceder a más contenidos e información sobre transición justa en la web del Instituto para la Transición Justa O.A. siguiendo este enlace.
Se encuentra disponible para descarga en la página Web del IDAE. Actualizado: 16/05/2024.